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viernes, 26 de noviembre de 2010

Comunicadores católicos apoyan a radios comunitarias

A la opinión pública

En la sociedad contemporánea, la comunicación influye sobre la visión del mundo y de la sociedad, incide sobre la educación y sobre la identidad cultural de los pueblos a través de la información, la opinión y la promoción  de los valores humanos. Pero al mismo tiempo no se puede desconocer que los medios masivos de comunicación constituyen fuentes de generación de riqueza e instrumentos de poder político y social.

Los ciudadanos, en general, gozan del legítimo derecho a tener acceso  a los medios de información y de opinión así como a generar sus propios medios de comunicación que den voz ante la opinión pública a las asociaciones civiles intermedias de carácter educativo, cultural, religioso, gremial, etc.

En este contexto, las denominadas radios comunitarias vienen a llenar una sentida necesidad para que  los sectores sociales de menores recursos, habitualmente  con acceso muy limitado a los grandes medios de comunicación, puedan tener su propia voz y ejercer su derecho a la libertad de expresión.

Las modificaciones introducidas por el Congreso a ley 642/95 de telecomunicaciones y recientemente vetadas por el Poder Ejecutivo merecen una seria reflexión y análisis en orden a gestar la mejor legislación posible.

La legislación sancionada determina que las radioemisoras “de pequeñas coberturas serán de hasta 50 watios” y las “de medianas coberturas” de hasta 300 watios. Esta determinación de potencia por ley no es recomendable porque se trata de una cuestión técnica de disponibilidad de frecuencia, de caracterización del área de cobertura, de la coordinación con los países limítrofes, etc. La necesidad de mayor o menor potencia además puede variar de una región a otra, según las características geográficas (áreas montañosas o llanuras), de modo que esta característica específica de la radioemisora debería ser determinada, en cada caso, por el ente regulador que es Conatel.

En cuanto a la sostenibilidad, queda claro que las radios comunitarias deben ser siempre “una entidad sin fines de lucro”. La modificación de la ley vigente sostiene que la radio no podrá realizar ningún tipo de aviso o publicidad ni dentro ni fuera de los programas. Esta prohibición condena a las radios comunitarias a la extinción porque les niega toda posibilidad de subsistencia. Las entidades sin fines de lucro normalmente tienen alguna fuente de ingresos provenientes de actividades propias, de donaciones, de convenios de cooperación, etc. Por tanto, las radios comunitarias podrían difundir campañas publicitarias de fundaciones, de ONGs, de organismos gubernamentales, etc. para asegurar sus sostenibilidad con la condición de que sea sin fines de lucro.

El espectro radioeléctrico es un bien público y un bien limitado. Por ello, el Estado tiene que regular su utilización de acuerdo a una política nacional de comunicación que busque preservar la equidad, la justicia y el respeto de los derechos de la ciudadanía en general, sin discriminaciones ni favoritismos hacia determinados sectores sociales.

En base a estas reflexiones, la Asociación de Comunicadores Católicos del Paraguay considera necesario y pertinente que el Congreso vuelva a analizar las modificaciones que pretende introducir a la Ley de Telecomunicaciones en la permanente búsqueda de mejoramiento de las leyes que rigen nuestra convivencia cívica.

25 de noviembre de 2010.

Jorge García Riart Ilde Silvero
Secretario Presidente

lunes, 22 de noviembre de 2010

Libertad de expresión y radios comunitarias

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) convocó recientemente a Washington a un representante de la Cámara de Diputados de nuestro país y a uno del Gobierno Nacional para que explicaran detalles del proyecto de ley que modifica la Ley 642/95, de Telecomunicaciones, que sancionó recientemente el Congreso y que fue vetada el viernes último por el Poder Ejecutivo. Cuando se produjo la reunión en la capital norteamericana, el 27 de octubre, la mencionada norma solo tenía la media sanción de la Cámara de Diputados. Unos días después el Senado la sancionó.  


Los duros cuestionamientos que hicieron contra el mencionado proyecto de ley la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA fueron escuchados con atención por parte de la delegación paraguaya y se expuso la intención de que se pudiera mejorar la norma cuestionada.  


Según la AMARC, las disposiciones de dicha norma “contravienen los estándares desarrollados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en tanto profundizan las condiciones de discriminación para que las comunidades que han sido históricamente marginadas puedan acceder a operar medios de comunicación que ocupan el espacio radioeléctrico”.  


Las disposiciones cuestionadas son las que fijan una potencia muy baja para las radios de pequeña y mediana cobertura (hasta 50 y 300 vatios), la prohibición de hacer cualquier tipo de publicidad y la dura penalización que establece a los infractores. Los dos primeros puntos son los que “contravienen los estándares desarrollados por el sistema interamericano de derechos humanos”, de acuerdo con la Asociación Mundial de Radios Comunitarias. ¿Por qué? Porque profundizan las condiciones de discriminación para que las comunidades puedan operar en el espacio radioeléctrico.  


Resulta que, por definición, radio comunitaria no implica que necesariamente deba tener una escasa potencia.
Existen radios comunitarias en otros países que no son solo geográficas, que se reducen a un espacio físico, como un barrio, una parroquia, sino que son radios temáticas, como por ejemplo las radios comunitarias que propugnan la defensa y conservación del medio ambiente o la equidad de género.


Son comunidades de personas cuyos miembros están esparcidos en una amplia extensión geográfica. Obviamente, en estos casos la potencia de las radios excede largamente los pocos vatios con que se limita en la mencionada ley.  


En cuanto a la prohibición de efectuar publicidad con el argumento de que las radios comunitarias son sin fines de lucro, tal afirmación riñe con la lógica. Poder hacer publicidad no significa lucrar, siempre y cuando se limite esa capacidad de generar ingresos al autosustento y nada más. “Sin fines de lucro no significa con fines de pérdida”, como dijera alguien.


Negarles a las radios comunitarias la posibilidad de un ingreso es expedirles por anticipado su certificado de defunción, es imposibilitar que las comunidades puedan tener su propio canal de expresión. En países más avanzados en el respeto y la práctica de la libertad de expresión, la ley establece hasta qué porcentaje de su programación las radios comunitarias pueden tener publicidad, justamente para asegurar su financiación y mantener su condición de no lucrativas. Ejemplo, en Francia la ley elaborada durante la administración del presidente François Mitterrand establece que las emisoras comunitarias pueden tener publicidad hasta el 20% de su programación.


Tan importante es para ese país el sostenimiento de las radios comunitarias que se creó un fondo de solidaridad que proviene del 0,7% de la facturación de las radios comerciales y de la televisión que se distribuye anualmente a las emisoras comunitarias.  


Lo que conviene resaltar en esta discusión es que ni el Gobierno ni ninguna otra entidad deben establecer medidas discriminatorias para ninguna clase de radios, sea para coartarles la libertad o para hacerles regalías indebidas. Es obligación del Estado, y este Gobierno lo entiende y practica así, velar y garantizar debidamente la existencia y desarrollo de las radios comerciales, de las radios comunitarias y de las emisoras públicas. Por eso, luego de varios años de indiferencia gubernamental, este Gobierno ha reactivado el Consejo de Radiodifusión en que están representadas las radios comerciales y la televisión privada para ejercer de contralor del organismo estatal regulador, la Conatel.  


Porque el Estado debe proteger a las radios es que la relatora especial para la libertad de expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA) se metió en la discusión y señaló al Gobierno paraguayo que “las restricciones a la potencia, las prohibiciones de acceder a recursos publicitarios y la utilización del derecho penal para sancionar violaciones del régimen de radiodifusión constituyen aspectos del proyecto de ley que deberían ser revisados a la luz de la Convención Americana”.


La Convención Americana no es otra cosa que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida también como Pacto de San José, una norma que es de obligatorio cumplimiento para la República del Paraguay, dado que es uno de los países signatarios.  


Para que no queden dudas, la relatora para la libertad de expresión apuntó al Gobierno paraguayo que  “el Estado está obligado a establecer un marco regulatorio que promueva una discusión libre, abierta, plural y desinhibida”. Se tiró contra el entonces proyecto de ley diciendo que “las normas mencionadas establecen discriminaciones que tienden a excluir o limitar la participación en el debate público de ciertas expresiones que se canalizan a través de los medios de comunicación comunitarios sin ánimo de lucro”.


Fue más allá y recordó al Gobierno que “estos medios de comunicación comunitarios deben ser protegidos  y promovidos por el Estado, ya que a través de ellos se expresan comunidades y grupos sociales  excluidos que están en muchas ocasiones ausentes del debate público y cuya inclusión en el mismo es un imperativo de todo Estado democrático”.


No resisto la tentación de citar un párrafo  del Informe Anual de la Convención Interamericana de Derechos Humanos del 2009, relativo a la regulación de la radiodifusión: “…la regulación sobre radiodifusión debería aspirar a promover y expandir el alcance del derecho  a la libertad de expresión y no a restringirla”. Y agrega que “la libre circulación de ideas y noticias no es concebible sino dentro de una pluralidad de fuentes de información y del respeto a los medios de comunicación”. Más adelante resalta que la regulación “debería tender a garantizar una mayor seguridad para expresarse en libertad sin miedo a ser sancionado o estigmatizado por ello y, al mismo tiempo, promover una mayor igualdad de condiciones en el ejercicio de la libertad de expresión, entendida esta en una triple acepción: pluralidad de voces , diversidad de las voces y no discriminación”.


Dentro de esta lógica es perfectamente entendible el veto del Poder Ejecutivo a la mencionada ley, que en el Decreto 5403 del 11 de noviembre último fundamenta con una rigurosa argumentación jurídica su objeción total. No se debe restringir por ningún medio el alcance al derecho de la libertad de expresión. Y si el pretexto es que hay que sancionar y acabar con las radios piratas, adelante. No hay por qué proteger ni apañar la ilegalidad, pero no por ello se debe restringir y hacer más difícil el ejercicio de la libertad de expresión.


Roque González B.,  Funcionario de la Presidencia de la República
20 de Noviembre de 2010
Nota opinión publicada en el diario ABC Color

viernes, 19 de noviembre de 2010

Amarc felicita a Lugo por vetar proyecto que modificaba Ley de Telecomunicaciones

El proyecto pretendía delimitar las funciones de las radios comunitarias y comerciales.

AMARC-ALC emitió un comunicado, en el cual expresa que el proyecto que modificaba la Ley de Telecomunicaciones establece criterios discriminatorios para el funcionamiento de los medios comunitarios.

Señala además, que esta decisión abre nuevamente la posibilidad de que el Estado paraguayo cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, particularmente el derecho a la libertad de expresión que, para muchos, se materializa a través de los medios comunitarios.

De igual manera, hace un llamado urgente al Congreso para que la revisión de la legislación se ajuste a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

El comunicado -alzado a IP Paraguay- manifiesta que en el artículo 57 se establecían restricciones de potencia para los medios comunitarios; en el 58 la prohibición de transmitir publicidad para dichos medios y en el 100 las sanciones y la facultad del ministerio público para conocer los casos de radiodifusión no autorizada.

Afirma que todas estas disposiciones resultan contrarias a los estándares internacionales en materia de libertad de expresión por restringir indebidamente a los medios comunitarios y establecer procedimientos y sanciones que resultan desproporcionales.

El Ejecutivo vetó el proyecto que modificaba la Ley de Telecomunicaciones el viernes pasado.

El Estado debe apoyar a las Radios Comunitarias

Juan Díaz Bordenave, asesor de comunicación del MEC y un experto en comunicación para el desarrollo dijo esta mañana que las emisoras ciudadanas, comunitarias, populares o cual fuere su apellido, a diferencia de las emisoras comerciales, dan un verdadero aporte a la sociedad. La contribución no es solo el impuesto que pagan al fisco, consiste en un servicio brindado a la audiencia noticiosos, solidarios, con fines culturales, de mediación en caso de conflictos intereses o ausencia del estado. La diferencia no esta en la cantidad de dinero que administran dijo, sino en el enfoque del servicio público que brindan. Fue en la audiencia pública sobre la modificación de la Ley 642 de Telecomunicaciones.

En Brasil están obligados los medios a brindar un 5% de la programación para fines educativos, cita. Pero los empresarios han encontrado la trampa. Las programaciones educativas son relegadas a la madrugada u horarios en que nadie escucha radio. El monopolio y el oligopolio sigue siendo una constante en la propiedad de medios radiales y la figura de la radio pública crece pero a paso imperceptible.

Las leyes en Latinoamérica han avanzado a pasos dispares pero en casos como Ecuador y Argentina se han notado avances estructurales a pesar de que muchos empresarios demandaron y expresaron su descontento.

Diaz Bordenave argumentó la respuesta de una pregunta fundamental en lo referente a Medios de Comunicación: ¿Por qué al Paraguay le conviene apoyar a la radio comunitaria?.... el primero es a razón de un derecho humano fundamental. Es decir; a recibir información, a expresar ideas y a dialogar con los y las demás. “La ciencia siempre supo que la comunicación esta en la base de la educación de la humanidad. No somos nada sin comunicación” dijo al momento de citar el ejemplo de un niño en Inglaterra que se había perdido de sus padres y largo tiempo después fue encontrado criado entre animales. El era un animalito porque no podía comunicarse.

Por consiguiente es una mutilación a toda persona el negarle su derecho de comunicarse. “La radio comunitaria vive, nace para eso”.

Mas adelante subraya que no todos los paraguayos/as tienen acceso a los medios privados (Radio y diarios) ya que son los primeros en seleccionar quienes serán entrevistados y consultados. Paradójicamente, los que reclaman libertad de expresión son los primeros en coartarla. Ligado a ello se limita la participación en los medios.

Muy por el contrario la radiofonía comunitaria plantea que la comunicación es posible, efectiva y plantea una nueva forma de observación. Una nueva perspectiva desde el rol de observador, monitor y contralor de lo que ocurre alrededor suyo. Vigila, denuncia y requiere al sector privado y público.

El pueblo paraguayo en particular busca sus propios canales de expresión ya que no tiene cabida en los medios masivos. Por eso las marchas, las movilizaciones ya que se siente excluido de las empresas de comunicación.

Las nuevas tecnologías facilitan nuevos medios de comunicación como los blogs, las redes sociales, el correo electrónico y las webs. Son nuevos caminos utilizados por la humanidad para expresarse. Se vinculan con la radio. La radio comunitaria es el canal por excelencia para la expresión y la participación, para la protesta y la propuesta para la denuncia y el anuncio. En particular para la celebración jubilosa de las victorias del pueblo. Los pueblos luchan pero los medios comerciales no reconocen sus victorias. Así que por iniciativa propia los movimientos sociales han gestionado sus propias líneas y canales expresivos.

Citando otro argumento, Bordenave dice que la radio comunitaria es mucho más eficaz que la radio comercial en la revitalización de la cultura nacional. La recuperación de la historia de los pueblos originarios, de los movimientos campesinos, la defensa de los valores nacionales como la hospitalidad, la pluralidad, la honradez. Gracias a esta fuerza social la radio comunitaria favorece la revaloración de la mujer, el papel de la familia, la desmarginalización de los excluidos, la recuperación de la autoestima, la dignidad y el respeto a la diversidad cultural.

Otra ventaja de los medios comunitarios es su utilidad para divulgar y obtener apoyo a las políticas sociales, públicas que favorecen a los intereses del pueblo. Por ejemplo programas de alfabetización, de educación vial, de promoción de la salud, de desarrollo comunitario, del cuidado del ambiente encuentran su mejor aliado en las radios comunitarias. Las comerciales también colaboran pero en general pasan la cuenta.

Otro argumento a favor es que la educación exitosa de masas no se basa en la transmisión de contenidos racionales, en discursos didácticos, o en conferencias técnicas. Lo que triunfa es la comunicación de emociones, de sensaciones más que de razones. Los mensajes son más eficaces cuando aparecen impregnados de valores, aptitudes y afectos de los grupos significativos como la familia, la iglesia, la comunidad, el grupo de amigos. En eso la radio comunitaria tiene la virtud de vivenciar los mensajes en el contexto afectivo de la realidad de la comunidad local.

Ejemplo claro:

Recuerda que como consultor en Mozambique expuso sobre un caso que involucra a mucha gente y principalmente joven. El hecho de beber y relacionarse en un ámbito propicio para el sexo. La seguridad queda relegada a un segundo plano y se responsabiliza a los medios de promover el sexo libre e irresponsable. Pero es en realidad la referencia del grupo primario (Iglesia, escuela, familia y grupo de amigos) lo que pesa en el subconsciente e influencia en la conducta. Vale decir, el mensaje es lo que soporta la proximidad con los grupos de lealtad. Este factor esta mucho más cercano a las radios comunitarias por su afinidad emocional, afectiva y geográfica.

Radios para la democracia.

Las radios comunitarias son más que necesarias en el Paraguay para que la participación democrática se extienda a otros momentos que no sean solo los escenarios electorales. Apoyando a los programas rurales, a la artesanía, el liderazgo de cooperativas, la participación en los municipios, la recuperación de espacios públicos, áreas verdes etc. Es decir las RRCC tienen una influencia directa en los procesos de desarrollo humanistas del país.

Una falla reconocida

Necesitan capacitarse más en los métodos de la educación popular. No es la única forma de hacer educación popular. No debería actuar sola, no debe apartarse. El cambio y las transformaciones no son generados por agentes aislados. Sino por fuerza colectiva potenciada con efectos de comunicación.

Los medios comerciales y su misión social.

Algunos tratan de cumplir su misión social de modo honesto y competente. Lo que pasa es que en ellos, tener que determinar su comportamiento comunicacional por el lucro y la acumulación de capital hace que no tengan o no sientan la misión de servicio y transformación social que mueve a las otras. No perciben como suya esta misión.

En el cierre de su alocución Díaz Bordenave plantea que por consiguiente las emisoras comunitarias aliadas a los medios públicos y organizaciones sociales son realmente herramientas fundamentales de la democracia participativa, del desarrollo humanista y sostenible del paraguay.

Siendo este el escenario, las emisoras en cuestión no deberían ser marginadas, coartadas, perseguidas y discriminadas como si fueran medios intrusos y de segunda clase, sino que deben recibir apoyo del estado y la sociedad. Deberían ocupar como en Uruguay por lo menos un tercio del espectro y redistribuir lo demás entre medios públicos y privados. Deberían ser protegidas por un monitoreo fiscal que evite el abuso de algunos políticos y comerciante que las transforman en radios piratas desnaturalizando su verdadera función.

Deben apuntar siempre a la excelencia de su produccion de su trabajo comunitario, mediante la investigación social. La capacitación permanente de sus cuadros. No deben olvidar que tienen la responsabilidad de ayudarnos a construir el otro Paraguay que deseamos.

Material escrito por Mariela Pavon de Radio Comunitaria Candela FM

jueves, 18 de noviembre de 2010

Reunión con representantes del gremio de radios comunitarias

El diputado Oscar Tuma (Unace-Capital), recibió a representantes del gremio de radios comunitarias a los efectos de debatir el reciente veto del Poder Ejecutivo a la Ley de Telecomunicaciones. Los visitantes no están de acuerdo con la medida.

Según comentó el legislador, los principales puntos discutidos son los artículos 57 y 58 de la Ley, donde se habla de los alcances de las frecuencias que corresponden a las radios comunitarias, así como de la posibilidad de conseguir auspicios.

"Lastimosamente el Poder Ejecutivo vetó toda la Ley, cuando que podía hacer uso de sus atribuciones y modificar los puntos con los que no está de acuerdo. Hay que recordarle a Fernando Lugo que él puede modificar los documentos que se le envía. Se tiene la mala costumbre de vetar siempre toda la Ley, en lugar de modificar los artículos objetados", explicó el diputado.

Agregó que, con esta situación, los parlamentarios están obligados a aceptar o rechazar el veto, sin términos medios, en lugar de estudiar solo los puntos que no tienen coincidencia.

Fuente: Radio Candela FM 17/11/2010

miércoles, 17 de noviembre de 2010

YO DIPUTADO. ¿QUÉ HABRÍA HECHO?

En el hecho de la suba escandalosa de las dietas en diputados y senadores. Aprobada en diputados y con el peligro de que senadores la apruebe, ha llegado la hora de tener un poco de empatía con estos conciudadanos. Preguntémonos cada uno de nosotros, si yo fuera diputado, ¿qué habría hecho?.

Por supuesto que no faltará quien con una sonrisita respondiera: “Aprobar la subida”. Dejémoslo. O es un chistoso profesional o un pichón de corrupto. No vale la pena perder al tiempo con estas especies.

Pensemos juntos.

“Si yo fuera diputado, me hubiera opuesto abiertamente. Y lo hubiera denunciado en una rueda de prensa. Respetuoso con mis compañeros, pero más respetuoso con mi juramento de servir al Pueblo”. ¿Algún diputado lo hizo?.

 “Si yo hubiera sido diputado y perdido la votación, hubiera convocado en el salón Bicameral a todos los que me votaron y hubiéramos discutido este tema y tomado decisiones juntos”. Todavía estamos a tiempo. ¿Algún diputado se anima?.

“Yo diputado no me hubiera quedado callado o en el plagueo. Como en campaña electoral hubiera convocado en barrios, asociaciones a grupos de personas para discutir entre todos esta subida escandalosa de diputados. Y hubiéramos tomado medidas”. Pregunto; si no hay ningún diputado o diputada que lo haga, ¿por qué Ud. y otros muchos no nos convocamos como sociedad civil?.

Miércoles 17 de noviembre de 2010

Comentario Editorial del Pa'i Oliva

martes, 16 de noviembre de 2010

Seall: Reformas a Telecomunicaciones carecían de fundamento técnico

Asunción, IP Paraguay.- Como un proyecto de Ley \"poco prolijo (...) y sin fundamentaciones técnicas\" calificó el Presidente de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), Jorge Seall Sasain , al proyecto de reformas a la Ley de Telecomunicaciones, que afectaba directamente a las radios comunitarias, y que fue vetado por el Poder Ejecutivo.

\"Con todo el debido respeto a los señores parlamentarios, no es un proyecto de Ley muy prolijo, porque muchas de las normas que se sancionan en parte ya están, y en parte inclusive empeoran lo que existía, en el sentido de las sanciones que se quieren argumentar”, afirmó el titular de Conatel, en dialogo con IP Paraguay, al ser consultado sobre el veto del Ejecutivo al proyecto de Ley número 4179 “que modifica y amplia los artículos 57, 58, 70, 73 y 100 de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones.

El Ejecutivo vetó el pasado viernes, en forma total el proyecto de Ley número 4179 “que modifica y amplía los artículos 57, 58, 70, 73 y 100 de la Ley número 642/95 “de Telecomunicaciones”.

La semana pasada integrantes de gremios de radios comunitarias solicitaron al presidente de la República Fernando Lugo, el veto de la citada Ley. El pedido se realizó en una audiencia en Palacio de Gobierno.

Sanciones

Explicó que la Ley vigente llega hasta 1.000 salarios la sanción a las radios que trasgreden la normativa, “y ellos (diputados) hablan hasta 500 jornales. Se está tratando de un 40 por ciento\" menos de lo que se puede hacer con la Ley actual.

\"Evidentemente no creo que haya sido la intención rebajar, pero esa es una demostración, con el debido respeto, de la no prolija redacción”, manifestó.

Por otro lado el proyecto hablaba de que la potencia de las radios comunitarias de pequeña y mediana cobertura debían tener entre 50 y 300 watios. “Si bien la Ley habla de pequeña y mediana cobertura sin establecer el monto, el actual reglamento de Conatel que data del 2.000, dice exactamente lo mismo (...) y en la historia de Conatel jamás se dio a nadie más de 50 y 300”, acotó.

Añadió que él cree con razón que el Ejecutivo vetó el proyecto de reformas a \"partir de la ausencia de fundamentos técnicos que puede cambiar con el tiempo según la geografía del lugar, según las zonas que se vayan poblando. Es decir, organizando más o menos, según qué región sea occidental u oriental, si hay colinas, valles, etc. y dejarlo con esa flexibilidad que permite el reglamento”, aseveró.

Sostenibilidad

Las reformas planteadas por los parlamentarios impedían toda posibilidad de sostenibilidad para las radios comunitarias. “Lo cual es como sostener que una persona tiene derecho a comer, pero se le impide obtener alimentos. Una cosa es la sostenibilidad y otra cosa es la de realizar actos comerciales, que quiere decir hacer cosas que tienen por finalidad el lucro, la ganancia”, sostuvo Seall Sasaian.

Ejemplificó que las universidades del país, la mayoría privadas, tienen formato de fundaciones o de organizaciones sin fines de lucro, sin embargo “eso no quiere decir que a su hijo no le cobren la matrícula, la cuota lo que sea. Al ser una institución sin fines de lucro, debe reinvertir en la sostenibilidad, pero no puede repartir dividendos, utilidades o ganancias. No puede lucrar con el dinero de las cuotas”, especificó.

Remarcó que con ese criterio, no se tendría que cobrar nada a las universidades, porque tiene formato de una fundación sin fines de lucro.

“Por otro lado, lo que más nos importa es que se reivindica un espacio de la radiodifusión relativamente nuevo en el sentido de las últimas cuatro, cinco décadas que es el de la radiodifusión comunitaria”, expresó.

Herramienta para empoderar comunidades

Señaló que las radios comunitarias son una herramienta vital para empoderar a las comunidades, especialmente a las más necesitadas. “Es una vía de comunicación, que se hacen llamar alternativas, que tienen alcances muy distintos y un nivel de comunicación, no solamente comunitario, sino hasta vecinal”, destacó.

Aseguró que las radios comunitarias son el canal adecuado para llegar a los micros espacios sociales, anuncios o avisos que puedan hacerse desde: la municipalidad, el gobierno nacional, departamental o cualquier otra entidad que quisiera divulgar informaciones de saneamientos, estructuras de higiene, y realizarlo en nuestro idioma nativo.

Se busca distinguir lo que está en vigencia y lo que se pretende hacer. \"Pareciera ser que son objetos de persecución (las radios comunitarias), por eso está prevista ya en esta Ley, la incautación y la confiscación de los medios o radiodifusoras que no tienen o que operan sin licencia”, indicó.

Fiscales y jueces

Las modificaciones propuestas por los parlamentarios dan prorrogativas al Ministerio Publico para confiscar medios de comunicación o aplicar otro tipo de sanciones. Pero “el Fiscal, el Ministerio Público no aplica en ningún caso, en el sistema vigente, y ni en ningún país sanciones. Lo máximo que hace es imputar, acusar y deriva a un juez penal, en un juicio aplica multas, penitenciaría y otras medidas que se puedan disponer, que están en el Código Penal”, precisó.

“Las reformas establecían que será sancionada (una radio comunitaria) por una multa, no sabemos si es una multa administrativa, una multa administrativa puede llegar hasta los 1.000 salarios. Acá se habla de una multa de 500 a 300 jornales, cuando en la Ley vigente tenemos salarios y a 1.000 no a 500”, explicó.

Para la aplicación de estas sanciones \"la Fiscalía actuará de oficio, por denuncia de la Conatel, o porque tenga conocimientos de estos hechos, sin perjuicios de las acciones que puedan haber. Finalmente termina diciendo, los equipos incautados serán destruidos por orden judicial”, criticó.

Sostuvo que en el sistema actual, “lo que nosotros incautamos, después de un sumario, pasan al patrimonio de la Conatel, es decir al patrimonio del Estado”, destacó. \"Pareciera que las reformas planteadas se hicieron con desconocimiento de la Ley actual\", apuntó.

Finalmente el titular de la Conatel dijo que “para que se entienda de modificaciones parciales, aisladas o parches, debería ser parte de una modificación que se merece la Ley. La cual va por los 16 años de antigüedad, se debe realizar una revisión completa integral, pero sobre todo participativa de todos los sectores afectados\".

Control de radios clandestinas

Conatel se compromete a vigilar el espectro, a combatir el uso clandestino, pero también opta porque que se favorezca las legítimas formas de expresión, que van más allá de las que reclaman las radios privadas o comerciales, sino también de los espacios públicos y los espacios comunitarios.

Es una forma distinta de ver el espectro de lo que se veía hace 20 o 50 años atrás, es todo un espacio que completa la libertad de acceso a la información, “no solamente a la libertad de prensa, sino el acceso a la información del ciudadano, sobre todo en los sectores que no acceden o no encuentran eso en los medios comerciales y que quieren tener una visión diferente de noticias que les interesan a ellos en el barrio, en la comunidad”, es lograr el estándar que pide la Constitución, la información objetiva, veraz y ecuánime, añadió.

jda/ctp

Fuente: Ip paraguay