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viernes, 26 de noviembre de 2010

Comunicadores católicos apoyan a radios comunitarias

A la opinión pública

En la sociedad contemporánea, la comunicación influye sobre la visión del mundo y de la sociedad, incide sobre la educación y sobre la identidad cultural de los pueblos a través de la información, la opinión y la promoción  de los valores humanos. Pero al mismo tiempo no se puede desconocer que los medios masivos de comunicación constituyen fuentes de generación de riqueza e instrumentos de poder político y social.

Los ciudadanos, en general, gozan del legítimo derecho a tener acceso  a los medios de información y de opinión así como a generar sus propios medios de comunicación que den voz ante la opinión pública a las asociaciones civiles intermedias de carácter educativo, cultural, religioso, gremial, etc.

En este contexto, las denominadas radios comunitarias vienen a llenar una sentida necesidad para que  los sectores sociales de menores recursos, habitualmente  con acceso muy limitado a los grandes medios de comunicación, puedan tener su propia voz y ejercer su derecho a la libertad de expresión.

Las modificaciones introducidas por el Congreso a ley 642/95 de telecomunicaciones y recientemente vetadas por el Poder Ejecutivo merecen una seria reflexión y análisis en orden a gestar la mejor legislación posible.

La legislación sancionada determina que las radioemisoras “de pequeñas coberturas serán de hasta 50 watios” y las “de medianas coberturas” de hasta 300 watios. Esta determinación de potencia por ley no es recomendable porque se trata de una cuestión técnica de disponibilidad de frecuencia, de caracterización del área de cobertura, de la coordinación con los países limítrofes, etc. La necesidad de mayor o menor potencia además puede variar de una región a otra, según las características geográficas (áreas montañosas o llanuras), de modo que esta característica específica de la radioemisora debería ser determinada, en cada caso, por el ente regulador que es Conatel.

En cuanto a la sostenibilidad, queda claro que las radios comunitarias deben ser siempre “una entidad sin fines de lucro”. La modificación de la ley vigente sostiene que la radio no podrá realizar ningún tipo de aviso o publicidad ni dentro ni fuera de los programas. Esta prohibición condena a las radios comunitarias a la extinción porque les niega toda posibilidad de subsistencia. Las entidades sin fines de lucro normalmente tienen alguna fuente de ingresos provenientes de actividades propias, de donaciones, de convenios de cooperación, etc. Por tanto, las radios comunitarias podrían difundir campañas publicitarias de fundaciones, de ONGs, de organismos gubernamentales, etc. para asegurar sus sostenibilidad con la condición de que sea sin fines de lucro.

El espectro radioeléctrico es un bien público y un bien limitado. Por ello, el Estado tiene que regular su utilización de acuerdo a una política nacional de comunicación que busque preservar la equidad, la justicia y el respeto de los derechos de la ciudadanía en general, sin discriminaciones ni favoritismos hacia determinados sectores sociales.

En base a estas reflexiones, la Asociación de Comunicadores Católicos del Paraguay considera necesario y pertinente que el Congreso vuelva a analizar las modificaciones que pretende introducir a la Ley de Telecomunicaciones en la permanente búsqueda de mejoramiento de las leyes que rigen nuestra convivencia cívica.

25 de noviembre de 2010.

Jorge García Riart Ilde Silvero
Secretario Presidente

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